Si ha sufrido lesiones o daños a consecuencia de un accidente laboral en Madrid debe saber que tiene derecho a una indemnización.
Caida en Altura. Tanto la empresa principal, como la subcontratista o empleadora estan obligadas a contar con un plan de seguridad y salud que acredite el cumplimiento de las medidas preventivas respecto a los puestos de trabajo de la obra o centro donde el actor se encuentre desplazado, así como la evaluación de estos riesgos en altura, entre otras.
Se considerara trabajos en altura todos aquellos que se realizcen a partir de los 2 metros.
En este tipo de trabajos es necesario contar con una seria de medidas de protección colectivas, como barandillas, arnes, barras laterales, rodapies, redes, y en su caso también contrar con medidas de protección individuales.
Para la realización de estos trabajos se debe informar y formar al trabajador de los riesgos existentes y la forma de llevar a cabo estos trabajos.
El primer paso es presentar una denuncia ante la Inspección Trabajo, o comunicarlo a los servicios médicos si se encuentra ingresado.
Tras ello debe contar con un informe de un especialista sobre las causas del accidente y el alcance de las lesiones. Si no cuenta con uno de estos especialistas puede ponerse en contacto para que valoremos sus lesiones y el accidente y tras ello reclamar una indemnización a su empresa. Si tiene alguna duda no dude en ponerse en contacto con nosotros de forma gratuita.
El artículo 156.3 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre) dispone que “Se presumirá, salvo prueba en contrario, que son constitutivas de accidente de trabajo las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y lugar de trabajo.
A raiz de todo el ello el Tribunal Surprema considera como accidente laboral: siga leyendo pinchando
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